IA de alto riesgo del Anexo III: los ocho ámbitos del artículo 6, apartado 2
El Anexo III enumera los 8 ámbitos de IA de alto riesgo autónomo del artículo 6, apartado 2 — de la biometría a la justicia. Plazo: 2 dic 2027. Filtro del artículo 6, apartado 3.
El Anexo III del Reglamento (UE) 2024/1689 enumera los ámbitos de casos de uso que convierten a un sistema de IA en autónomo de alto riesgo en virtud del artículo 6, apartado 2. «Autónomo» es la palabra clave: estos sistemas son de alto riesgo por aquello para lo que se utilizan, no porque estén integrados en un producto regulado. Si la finalidad prevista de su sistema entra en uno de los ocho ámbitos, se aplica toda la pila de obligaciones de alto riesgo — los artículos 9 a 15, la evaluación de la conformidad (artículo 43), el registro (artículo 49) y la vigilancia poscomercialización (artículo 72).
Esta sección está dirigida a quienes tienen que tomar la decisión: responsables de producto que valoran si una funcionalidad cruza la línea, responsables de cumplimiento que redactan el registro de clasificación y fundadores que dimensionan el trabajo que el Reglamento genera. Cada guía toma un único caso de uso, identifica el punto del Anexo III que lo captura y recorre el razonamiento de clasificación de principio a fin.
El artículo 6, apartado 2, no es el artículo 6, apartado 1
El Reglamento contiene dos vías distintas hacia el alto riesgo, y confundirlas produce el plazo equivocado y la vía de conformidad equivocada.
Artículo 6, apartado 1 — la vía de producto del Anexo I. Un sistema de IA que es componente de seguridad de un producto cubierto por la legislación de armonización de la Unión enumerada en el Anexo I — el Reglamento sobre máquinas, el Reglamento sobre los productos sanitarios y los demás — es de alto riesgo en virtud del producto en el que se integra. Estos sistemas requieren por lo general evaluación por un organismo notificado tercero. Las obligaciones se aplican desde el 2 de agosto de 2028.
Artículo 6, apartado 2 — la vía de caso de uso del Anexo III. Un sistema de IA cuya finalidad prevista entra en un ámbito del Anexo III es de alto riesgo por sí mismo, sin producto anfitrión de por medio. La mayoría sigue la vía de conformidad por control interno del Anexo VI; la identificación biométrica remota es la excepción notable que exige organismo notificado. Las obligaciones se aplican desde el 2 de diciembre de 2027.
Todo lo que hay en esta sección se refiere a la segunda vía. Si su IA está integrada en un producto con marcado CE, está en la vía del Anexo I y rige 2028.
Los ocho ámbitos
Punto 1 — Biometría. Identificación biométrica remota (punto 1, letra a)), categorización biométrica que infiere atributos sensibles (punto 1, letra b)) y reconocimiento de emociones (punto 1, letra c)). Léase junto al artículo 5: la identificación remota en tiempo real en espacios de acceso público y el reconocimiento de emociones en el lugar de trabajo y en centros educativos están prohibidos de plano, no son de alto riesgo.
Punto 2 — Infraestructuras críticas. IA utilizada como componente de seguridad en la gestión y el funcionamiento del tráfico rodado y en el suministro de agua, gas, calefacción, electricidad e infraestructura digital crítica. El matiz de «componente de seguridad» hace trabajo real aquí: un modelo de facturación para una empresa de aguas no queda capturado; un modelo que controla la presión de la red sí.
Punto 3 — Educación y formación profesional. Decisiones de admisión y acceso, evaluación de los resultados del aprendizaje, asignación a niveles educativos y supervisión de comportamientos prohibidos durante los exámenes.
Punto 4 — Empleo y gestión de los trabajadores. La contratación y la selección — cribado de currículos, preselección, evaluación de candidatos — se sitúan en el punto 4, letra a). Las decisiones sobre promoción, despido, asignación de tareas y la supervisión y evaluación del rendimiento y la conducta se sitúan en el punto 4, letra b). El punto 4, letra b), es más amplio de lo que la mayoría de los equipos espera, y le da igual que un humano firme al final.
Punto 5 — Acceso a servicios esenciales públicos y privados. Admisibilidad a prestaciones y servicios de asistencia pública, incluida la sanidad (punto 5, letra a)); evaluación de la solvencia y calificación crediticia, excluida expresamente la detección de fraude financiero (punto 5, letra b)); evaluación de riesgos y fijación de precios en los seguros de vida y de salud (punto 5, letra c)); y evaluación de llamadas de emergencia, priorización del despacho y triaje (punto 5, letra d)).
Punto 6 — Garantía del cumplimiento del Derecho. Evaluación del riesgo de delinquir, reincidir o ser víctima; herramientas tipo polígrafo (punto 6, letra b)); evaluación de la fiabilidad de las pruebas (punto 6, letra c)); y elaboración de perfiles en el marco de la detección, investigación o enjuiciamiento de delitos (punto 6, letra d)).
Punto 7 — Migración, asilo y control fronterizo. Evaluación del riesgo que plantean las personas que entran en la Unión, examen de solicitudes de asilo, visado y residencia, y verificación de documentos de viaje.
Punto 8 — Administración de justicia y procesos democráticos. IA que asiste a las autoridades judiciales en la investigación e interpretación de los hechos y del Derecho (punto 8, letra a)), e IA destinada a influir en el resultado de unas elecciones o un referéndum, o en el comportamiento electoral (punto 8, letra b)).
Cómo se sitúa un sistema en un ámbito, y cómo sale de él
La clasificación sigue la finalidad prevista, no el despliegue que uno tenga hoy — lo que dicen la documentación del producto, el marketing, las condiciones de la API y las instrucciones de uso. Si cualquiera de ellos hace referencia a una función del Anexo III, está dentro del ámbito; describir el sistema de forma más modesta en una hoja de cálculo no lo saca de ahí. Una herramienta interna que después se ofrece a clientes puede, por tanto, cambiar de clasificación de la noche a la mañana, y en virtud del artículo 25 un responsable del despliegue que pone su propio nombre en un sistema o lo modifica sustancialmente se convierte en el proveedor.
Situarse en un ámbito hace que un sistema sea provisionalmente de alto riesgo. El artículo 6, apartado 3, lo deja salir cuando no plantea un riesgo significativo de perjuicio para la salud, la seguridad o los derechos fundamentales, porque hace una de estas cuatro cosas y nada más: desempeña una tarea procedimental limitada; mejora el resultado de una actividad humana ya realizada; detecta patrones de decisión o desviaciones sin sustituir ni influir en la evaluación humana; o realiza una tarea preparatoria.
El filtro tiene un límite infranqueable. Un sistema que elabora perfiles de personas físicas es siempre de alto riesgo, con independencia de todo lo demás. Y la exención no es silenciosa: el proveedor debe documentar la evaluación y registrarla en virtud del artículo 49. Un argumento sin fundamento es en sí mismo un incumplimiento. Un contraste práctico: dar formato a los currículos recibidos conforme a una plantilla normalizada para su revisión humana es preparatorio; clasificar esos currículos por idoneidad prevista es elaboración de perfiles, y el filtro no está disponible.
Plazos
Las obligaciones de alto riesgo autónomo del Anexo III se aplican desde el 2 de diciembre de 2027. El Ómnibus Digital, adoptado en junio de 2026 (Parlamento Europeo el 16 de junio, Consejo el 29 de junio), movió esta fecha; entra en vigor con su publicación en el Diario Oficial. El alto riesgo integrado en productos del Anexo I sigue el 2 de agosto de 2028. Las prohibiciones del artículo 5 se aplican desde el 2 de febrero de 2025, de modo que la comprobación de la prohibición va primero, al margen de cualquier análisis del Anexo III. El incumplimiento conlleva un techo de 15 000 000 EUR o el 3 % del volumen de negocios anual mundial, si esta última cifra es mayor (artículo 99) — un máximo, no un mínimo.
Cómo ayuda Confir
Confir clasifica los sistemas de IA frente al artículo 6 y al Anexo III con un motor determinista y basado en reglas: las mismas entradas producen siempre la misma salida, y la regla que se activó se muestra en lenguaje sencillo, de modo que un responsable de cumplimiento puede auditar el razonamiento en lugar de confiar en él. La admisión guiada establece la finalidad prevista y el contexto, el registro de clasificación alimenta el paquete de documentación técnica del Anexo IV y, cuando se confirma que un sistema es de alto riesgo, Confir delimita los controles, la EIDF del artículo 27 cuando procede y el registro del artículo 49.
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