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La guía de alto riesgo, de clasificar a actuar.

La Ley de IA de la UE reserva sus normas más estrictas para la IA de alto riesgo: los sistemas usados en ámbitos sensibles como la contratación, el crédito o la biometría. En ocho capítulos breves, esta guía explica si tus sistemas cuentan como tales, qué obligaciones asumes y cuándo, incluida la fecha clave, trasladada al 2 de diciembre de 2027 por el Digital Omnibus adoptado en junio de 2026.

Refleja las directrices preliminares de la Comisión del 19 de mayo de 2026 y el Digital Omnibus, adoptado en junio de 2026. Los ejemplos atribuidos a las directrices preliminares son orientativos, no vinculantes, y pueden cambiar en la versión final.

Capítulo 1

Qué se considera alto riesgo

La Ley clasifica por vía legal, no por lo capaz que sea un sistema. Hay exactamente dos vías de entrada.

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La Ley de IA de la UE no clasifica los sistemas por lo capaces que sean, sino por su vía legal, y hay exactamente dos formas de entrar en el nivel de alto riesgo. Una fórmula determinista de evaluación de solvencia construida en una hoja de cálculo puede ser de alto riesgo con arreglo al Anexo III, mientras que un chatbot mucho más potente que responde preguntas sobre productos solo soporta deberes de transparencia.

Vía 1 — productos bajo la legislación del Anexo I (Artículo 6(1))

Alto riesgo cuando se cumplen ambas condiciones: el sistema es un componente de seguridad de (o es) un producto cubierto por la legislación de armonización del Anexo I —máquinas, productos sanitarios, ascensores, juguetes, aviación civil— y ese producto ya exige una evaluación de la conformidad por un tercero. La IA integrada en un producto regulado cuya vía de conformidad nunca implica a un organismo notificado no cumple los requisitos por esta vía.

Vía 2 — casos de uso autónomos del Anexo III (Artículo 6(2))

Alto riesgo cuando la finalidad prevista del sistema entra en una de las ocho áreas del Anexo III —sin necesidad de un producto físico—. Una herramienta puramente SaaS que criba y clasifica a candidatos a un empleo está claramente dentro, por muy simple que sea su lógica. La respuesta «ninguna» importa igual de mucho: la mayoría de los sistemas de una empresa típica —recomendación, búsqueda interna, previsión, detección de fraude— quedan fuera de ambas vías y no soportan ninguna obligación de alto riesgo.

Vía 1 — Artículo 6(1)Vía 2 — Artículo 6(2)
DetonanteComponente de seguridad de un producto del Anexo I y evaluación de la conformidad por un tercero exigidaLa finalidad prevista entra en un caso de uso del Anexo III
Vía de conformidadVía sectorial, normalmente un organismo notificadoMayormente control interno (Artículo 43)
ExcepciónNingunaEl filtro del Artículo 6(3) (capítulo siguiente)
Aplicable desde2 de agosto de 20282 de diciembre de 2027

La vía condiciona todo lo que viene después: qué plazo se aplica, qué vía de conformidad del Artículo 43 sigues, y si la excepción del Artículo 6(3) está siquiera disponible (solo existe para los sistemas del Anexo III). Equivoca la vía y todas las decisiones posteriores heredan el error.

The decision you need to make

Para cada sistema de IA de tu inventario, deja constancia por escrito de la vía que lo rige —«producto del Anexo I», «caso de uso del Anexo III» o «ninguna»— con su razonamiento, antes de dedicar una hora al trabajo sobre obligaciones. Una clasificación que no puedes demostrar sobre el papel es una que no tienes.

Capítulo 2

El Anexo III, área por área

Ocho ámbitos de uso. Un sistema cuya finalidad prevista encaje en cualquiera de ellos es de alto riesgo — sujeto solo al filtro del 6(3).

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El Anexo III enumera ocho ámbitos de uso; un sistema cuya finalidad prevista encaje en cualquiera de ellos es de alto riesgo con arreglo al Artículo 6(2), sujeto solo al filtro del Artículo 6(3). Los ejemplos de lo que entra y lo que queda fuera que se recogen a continuación siguen el borrador de directrices de la Comisión de 19 de mayo de 2026 — persuasivo, no vinculante, y susceptible de cambiar en el texto final.

Puntos 1–4: biometría, infraestructuras, educación, empleo

El punto 1 abarca la identificación biométrica remota, la categorización biométrica y el reconocimiento de emociones — pero la mera verificación (desbloqueo de dispositivos, control de acceso) queda excluida. El punto 2 es la IA como componente de seguridad en infraestructuras críticas. El punto 3 alcanza los sistemas de admisión, calificación y supervisión de exámenes. El punto 4 — el que más empresas privadas encuentran primero — alcanza el cribado de currículums, la clasificación de candidatos, las decisiones de promoción y despido, y la asignación de tareas basada en el comportamiento. El contexto laboral por sí solo no es un desencadenante: las herramientas genéricas de transcripción de reuniones y de calendario quedan fuera.

Puntos 5–8: servicios, crédito, aplicación de la ley, justicia

La evaluación de la solvencia y la puntuación crediticia de personas físicas entran (punto 5(b)) — pero la detección de fraude financiero queda expresamente excluida de ese mismo punto. La fijación de precios de los seguros de vida y de salud entra (punto 5(c)). Los puntos 6–8 — aplicación de la ley, migración y justicia — se dirigen mayoritariamente al sector público; el matiz para los fundadores es que vender a esos compradores te convierte en el proveedor de un sistema de alto riesgo. Si vendes govtech, el caso de uso de tu comprador es tu clasificación.

En los ocho puntos, la finalidad prevista gobierna el análisis — por eso tu material de marketing y tus instrucciones de uso son prueba de la clasificación, no solo material comercial.

The decision you need to make

Elabora una correspondencia de una línea por sistema — «Anexo III punto X(y)» o «no aplica ningún punto porque…» — firmada y fechada. Si una autoridad de vigilancia del mercado pregunta alguna vez, este registro es la Prueba A.

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Capítulo 3

La excepción del Artículo 6(3)

La única salida de la vía del Anexo III: cuatro condiciones, una excepción absoluta, dos trámites obligatorios.

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El Artículo 6(3) es la única salida de la vía del Anexo III, y está redactado de forma restrictiva. Un sistema del Anexo III escapa de la condición de alto riesgo únicamente cuando no plantea un riesgo importante de causar perjuicios, incluido por no influir sustancialmente en el resultado de la toma de decisiones. La excepción está disponible cuando el sistema realiza:

  1. 1una tarea de procedimiento limitada;
  2. 2una mejora del resultado de una actividad humana previamente completada;
  3. 3la detección de patrones de decisión o de desviaciones, sin sustituir ni influir en la evaluación humana ya realizada sin una revisión humana adecuada; o
  4. 4una tarea preparatoria para una evaluación pertinente a los efectos de un caso de uso del Anexo III.

Un analizador de currículos que extrae campos hacia un formulario es el ejemplo clásico de la condición (d); una herramienta que puntúa o clasifica esos mismos currículos no lo es. El filtro se invoca en exceso porque los equipos leen la condición (b) como si abarcara cualquier herramienta con una persona en el circuito: las directrices preliminares la interpretan de forma mucho más restrictiva.

La excepción absoluta de la elaboración de perfiles

Un sistema del Anexo III que realiza elaboración de perfiles de personas físicas siempre es de alto riesgo: el último párrafo del Artículo 6(3) sitúa la elaboración de perfiles fuera del alcance de las cuatro condiciones. Si la elaboración de perfiles aparece en cualquier punto de tu flujo de datos, el filtro queda cerrado.

Dos trámites sobreviven a la invocación de la excepción: documenta la evaluación antes de introducir el sistema en el mercado (Artículo 6(4)) y regístralo igualmente en la base de datos de la UE (Artículo 49(2)). Una conclusión alcanzada verbalmente en una reunión de producto es un riesgo, no una evaluación documentada.

The decision you need to make

Trata el Artículo 6(3) como una posición jurídica documentada, nunca como una conclusión verbal: no invoques la excepción sin la nota del 6(4) y el plan de registro del 49(2), y si la elaboración de perfiles está en cualquier punto del flujo de datos, detente y clasifica el sistema como de alto riesgo.

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Capítulo 4

Las directrices preliminares de 2026

La primera lectura oficial de la Comisión sobre dónde cae la línea del alto riesgo — útil, no vinculante.

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El 19 de mayo de 2026, la Comisión Europea publicó el borrador de directrices sobre la clasificación de los sistemas de IA de alto riesgo, cumpliendo el mandato del Artículo 6(5). Consta de tres partes: los principios generales de clasificación (el papel central de la finalidad prevista), la vía del Artículo 6(1) / Anexo I para los productos, y la vía del Artículo 6(2) / Anexo III con ejemplos prácticos de lo que entra y lo que queda fuera para cada punto.

La tercera parte es la que más pesa para las empresas privadas. Es la primera declaración de la propia Comisión sobre dónde está la línea — cribado de currículums frente a programación de entrevistas, puntuación crediticia frente a detección de fraude, identificación biométrica frente a verificación — casos límite sobre los que los equipos llevan discutiendo desde que la Ley entró en aplicación.

Abierta hasta el 23 de junio de 2026

La consulta específica está abierta hasta el 23 de junio de 2026 — no se ha cerrado — y se espera la versión final más adelante en 2026. Si un ejemplo del borrador trata desfavorablemente tu categoría de producto, esta es tu única oportunidad estructurada para dejar constancia de tus contraargumentos antes de que el texto se consolide. Un escrito de dos páginas basta para quedar registrado.

Aclaración, no ley

Las directrices no son jurídicamente vinculantes — la interpretación autorizada corresponde al Tribunal de Justicia de la UE, y el texto final puede diferir. Pero las autoridades de vigilancia del mercado las tratarán como su referencia de trabajo, de modo que una clasificación que se aparte de un ejemplo de las directrices necesita una justificación por escrito de esa divergencia.

The decision you need to make

Si un sistema se sitúa en un caso límite que el borrador trata desfavorablemente, presenta una respuesta a la consulta antes del 23 de junio de 2026. En cualquier caso, fecha y sella tus clasificaciones actuales frente al borrador y agenda una nueva revisión para cuando se publiquen las directrices finales más adelante en 2026.

Capítulo 5

Proveedor frente a responsable del despliegue

La clasificación te dice si un sistema es de alto riesgo. Tu papel te dice qué obligaciones asumes.

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La clasificación te dice si un sistema es de alto riesgo; tu papel te dice qué obligaciones asumes por él. Los deberes se reparten entre el proveedor — que desarrolla el sistema o lo introduce en el mercado bajo su propio nombre — y el responsable del despliegue, que lo utiliza bajo su propia autoridad. A grandes rasgos: prueba en la fase de diseño frente a disciplina en la fase de funcionamiento.

El bloque del proveedor (Artículos 8–22)

El bloque pesado: un sistema de gestión de riesgos (9), gobernanza de datos (10), documentación técnica conforme al Anexo IV (11), registro automático de eventos (12), transparencia e instrucciones de uso (13), supervisión humana por diseño (14), y precisión, robustez y ciberseguridad (15) — más la gestión de calidad (17), la evaluación de la conformidad (43), el marcado CE (48) y el registro en la base de datos de la UE (49). Es un sistema, no una lista de comprobación: el resultado del Artículo 9 alimenta el expediente del Anexo IV, del que se sirve la evaluación del Artículo 43. Delimítalo con la plantilla de documentación técnica del Anexo IV.

La lista del responsable del despliegue (Artículo 26)

Más ligera y operativa: usar el sistema según las instrucciones del proveedor, asignar una supervisión humana competente, mantener relevantes los datos de entrada allí donde los controles, vigilar el funcionamiento, conservar los registros durante al menos seis meses e informar a los trabajadores afectados antes de poner en uso un sistema de alto riesgo. La mayoría de las empresas son responsables del despliegue para la mayoría de los sistemas y proveedores solo para lo que construyen o comercializan con marca propia — lleva la cuenta del reparto en la plantilla de registro de sistemas de IA.

Cuando un responsable del despliegue pasa a ser el proveedor (Artículo 25)

La trampilla entre los papeles: un responsable del despliegue hereda el bloque completo de los Artículos 8–22 cuando pone su nombre en un sistema de alto riesgo, le hace una modificación sustancial o reconvierte un sistema no de alto riesgo en un uso de alto riesgo. Las tres trampas que atrapan a los fundadores: afinar el modelo de un proveedor, renombrar la herramienta de un proveedor en tu propia interfaz y reconvertir una herramienta interna en un caso de uso del Anexo III.

The decision you need to make

Para cada sistema, anota «proveedor», «responsable del despliegue» o «responsable del despliegue en riesgo de un traspaso del Artículo 25» — y bloquea cualquier renombrado, modificación sustancial o reconversión tras una nueva comprobación de la clasificación antes de que se lance.

Capítulo 6

Quién necesita realmente una EIDF

La obligación más sobredimensionada del marketing de cumplimiento. El alcance es estrecho — la mayoría de los responsables del despliegue privados quedan fuera.

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La evaluación de impacto relativa a los derechos fundamentales del Artículo 27 es la obligación más sobredimensionada del marketing de cumplimiento. El alcance es estrecho, y la mayoría de las empresas privadas que despliegan IA de alto riesgo quedan fuera de él.

La EIDF vincula solo a tres grupos de responsables del despliegue: los organismos de Derecho público, las entidades privadas que prestan servicios públicos, y los responsables del despliegue de dos sistemas concretos del Anexo III — el punto 5(b) de solvencia y puntuación crediticia, y el punto 5(c) de fijación de precios de seguros de vida y salud. Una empresa privada que despliega una herramienta de cribado de currículums con arreglo al punto 4 no necesita una EIDF, diga lo que diga la presentación de un proveedor; un banco regional que despliega un modelo de puntuación crediticia sí, por el punto 5(b).

Qué contiene, y cuándo

Completada antes del primer uso, abarca los procesos de despliegue, el periodo y la frecuencia de uso, las categorías de personas afectadas, los riesgos concretos de perjuicio, las medidas de supervisión humana, y las mitigaciones si los riesgos se materializan. El responsable del despliegue notifica después el resultado a la autoridad de vigilancia del mercado, y actualiza la evaluación cuando cambian sus elementos.

Apóyate en tu EIPD — no la dupliques

El Artículo 27 permite al responsable del despliegue apoyarse en una EIPD existente del Artículo 35 del RGPD cuando esta ya cubre el terreno — la EIDF la complementa en lugar de empezar de cero. El mapa de solapamiento está en EIDF frente a EIPD, y la plantilla de EIDF te da la estructura del Artículo 27(1).

The decision you need to make

Aplica la comprobación de alcance de dos preguntas — ¿somos un organismo público o una entidad privada que presta servicios públicos, y desplegamos un sistema del 5(b) o del 5(c)? Si alguna respuesta es sí, ancla la EIDF a tu EIPD existente. Si ambas son no, deja constancia de esa conclusión y sigue adelante.

Capítulo 7

El calendario corregido

Dos errores dominan los consejos de administración a mediados de 2026: dar por hecho que todo se movió y dar por hecho que nada lo hizo. Ambos son falsos.

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Dos errores de calendario dominan las conversaciones de los consejos de administración a mediados de 2026: dar por hecho que todo se ha aplazado y dar por hecho que nada lo ha hecho. Ambos son falsos.

Ya vinculante hoy

Las prohibiciones del Artículo 5 se aplican desde el 2 de febrero de 2025, con el nivel de 35 millones de euros / 7% ligado ya a las infracciones, y el régimen de IA de uso general de los Artículos 51 a 55 desde el 2 de agosto de 2025. El Digital Omnibus no mueve ninguno de los dos — su único cambio aquí es una adición: una nueva prohibición (la del material de abuso sexual infantil y las llamadas aplicaciones de «desnudado») que entra en vigor el 2 de diciembre de 2026.

Qué cambia el Omnibus y qué no

Adoptado en junio de 2026 — el Parlamento Europeo votó el 16 de junio y el Consejo el 29 de junio — el Omnibus aplaza el alto riesgo autónomo del Anexo III al 2 de diciembre de 2027 y el alto riesgo integrado en productos del Anexo I al 2 de agosto de 2028, en fechas de calendario fijas (se rechazó la variante de «parar el reloj» supeditada a las normas armonizadas). Entra en vigor con su publicación en el Diario Oficial, un trámite que no cambia estas fechas. La mayor parte de la transparencia del Artículo 50 se mantiene sin cambios; el marcado de contenidos y las marcas de agua caen el 2 de diciembre de 2026.

Bloque de obligacionesFecha legal originalSe aplica desdeEstado
Prohibiciones del Artículo 52 de febrero de 2025Sin cambiosEn vigor
IA de uso general — Artículos 51 a 552 de agosto de 2025Sin cambiosEn vigor
Art. 50 marcado de contenidos + prohibición MASIArt. 50 desde el 2 ago 20262 de diciembre de 2026 (nueva)Adoptado en junio de 2026
Alto riesgo del Anexo III — Art. 6(2)2 de agosto de 20262 de diciembre de 2027Adoptado en junio de 2026
Alto riesgo del Anexo I — Art. 6(1)2 de agosto de 20272 de agosto de 2028Adoptado en junio de 2026

The decision you need to make

Ejecuta tu plan de subsanación tomando como fechas firmes el 2 de diciembre de 2027 (Anexo III) y el 2 de agosto de 2028 (Anexo I), y data tu plan de hitos a partir de ellas.

Capítulo 8

Qué hacer este trimestre

Todo lo anterior se convierte en un único programa de 90 días. Adelanta los hitos allí donde ya existan partes hechas.

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Todo lo anterior se convierte en un único programa de 90 días. La secuencia que sigue asume que partes de una posición sin estructurar — adelanta los hitos allí donde ya existan partes hechas.

Días 1–30 — inventariar y clasificar

Construye el inventario completo de sistemas de IA, incluidas las funciones de IA dentro de las herramientas SaaS que tienes contratadas; haz pasar cada sistema por las dos vías del Artículo 6 y por el mapeo de puntos del Anexo III; y redacta el memorándum del Artículo 6(4) para cada alegación del Artículo 6(3). Establece la línea de base con el método de evaluación de preparación.

Días 31–60 — roles, brechas, alcance de la EIDF

Fija el rol de proveedor o de responsable del despliegue por sistema (señalando todo riesgo de traslado del Artículo 25), ejecuta el método de análisis de brechas contra la batería de los Artículos 8–15 y la lista del Artículo 26, y completa la comprobación del alcance del Artículo 27 — encargando una EIDF solo cuando el resultado sea afirmativo.

Días 61–90 — hoja de ruta, evidencia, responsable

Convierte la lista de brechas en una hoja de ruta de subsanación con fechas, con cada hito aterrizando antes del 2 de diciembre de 2027; monta la base de evidencia (documentación del Anexo IV, registro automático, asignaciones nominales de supervisión humana, conservación de registros durante seis meses); y nombra a un responsable de cumplimiento con nombre y apellidos y visibilidad ante el consejo.

Lo que cuesta el incumplimiento (Artículo 99)

Hasta 35 M € o el 7% por prácticas prohibidas (99(3)); hasta 15 M € o el 3% por la mayoría de las obligaciones, incluida la batería de alto riesgo (99(4)); y hasta 7,5 M € o el 1% — uno por ciento, no el 1,5% — por facilitar información incorrecta o engañosa a las autoridades (99(5)). Las pymes y las empresas emergentes disfrutan de topes proporcionales (99(6)). Ese tramo del 1% es la trampa silenciosa: una respuesta descuidada a una autoridad es sancionable de forma independiente incluso cuando el sistema cumple por completo.
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The decision you need to make

Para el día 90 tienes un responsable con nombre y apellidos, un registro de clasificación firmado y una hoja de ruta con brechas priorizadas y fechas que aterrizan antes del 2 de diciembre de 2027 — o una razón documentada de por qué no.

Cómo Confir convierte esta guía en un sistema operativo

El módulo de Clasificación hace pasar cada sistema de tu inventario por las vías del Artículo 6 y la asignación punto por punto del Anexo III, registra cada posición del Artículo 6(3) como un memorando listo para el Artículo 6(4) y deduce tu rol —proveedor, responsable del despliegue o riesgo de cambio del Artículo 25— por sistema. El módulo de Documentación genera después el expediente del Anexo IV, y el flujo de la EIDF produce la evaluación del Artículo 27 cuando la comprobación de alcance da un sí.

El motor de síntesis es determinista y basado en reglas: las mismas entradas producen el mismo hallazgo a través de la misma lógica cada vez —sin inferencia de modelos, sin alucinaciones— y cada hallazgo nombra la regla concreta que se activó, que es lo que hace el resultado defendible ante una autoridad de vigilancia del mercado.

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera IA de alto riesgo según la Ley de IA de la UE?

Un sistema de IA es de alto riesgo por una de dos vías: es un componente de seguridad de un producto cubierto por la legislación de armonización del Anexo I y sujeto a evaluación de la conformidad por un tercero (Artículo 6(1)), o su finalidad prevista entra en una de las ocho áreas de casos de uso del Anexo III —como el empleo, la evaluación de solvencia o la biometría (Artículo 6(2)).

¿Cómo sé si mi sistema de IA es de alto riesgo?

Comprueba ambas vías. ¿Es el sistema un componente de seguridad de un producto sujeto a la legislación del Anexo I? ¿Entra su finalidad prevista en un área del Anexo III? Si aplica el Anexo III, revisa el filtro del Artículo 6(3), pero la elaboración de perfiles de personas físicas es siempre de alto riesgo, y toda exención debe documentarse conforme al Artículo 6(4) y registrarse conforme al Artículo 49(2) por parte de los proveedores.

¿Cuáles son las obligaciones para los sistemas de IA de alto riesgo?

Los proveedores deben cumplir los Artículos 8 a 15 —gestión de riesgos, gobernanza de datos, documentación técnica, registro de eventos, transparencia, supervisión humana, precisión y ciberseguridad— además de la gestión de calidad, la evaluación de la conformidad, el marcado CE y el registro. Los responsables del despliegue afrontan la lista más ligera del Artículo 26: usar el sistema según las instrucciones, asignar una supervisión humana formada, controlar los datos de entrada, vigilar el funcionamiento y conservar los registros al menos seis meses.

¿Se ha aplazado la Ley de IA de la UE para los sistemas de alto riesgo?

Sí, y ya está resuelto. El Digital Omnibus, adoptado en junio de 2026 (Parlamento Europeo el 16 de junio, Consejo el 29 de junio), traslada las obligaciones de alto riesgo del Anexo III del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027, y los sistemas del Anexo I integrados en productos al 2 de agosto de 2028. Entra en vigor con su publicación en el Diario Oficial, un trámite que no cambia estas fechas. Las prohibiciones del Artículo 5 y las normas de IA de uso general ya se aplican.

¿Quién necesita una evaluación de impacto relativa a los derechos fundamentales según la Ley de IA de la UE?

Solo un grupo reducido de responsables del despliegue: los organismos de Derecho público, las entidades privadas que prestan servicios públicos y los responsables del despliegue de sistemas del Anexo III punto 5(b) de solvencia o punto 5(c) de fijación de precios de seguros de vida y salud (Artículo 27). La EIDF se completa antes del primer uso y puede apoyarse en una EIPD existente. La mayoría de los responsables del despliegue del sector privado no la necesitan.

¿Cuáles son las sanciones por incumplir la Ley de IA de la UE?

Tres niveles conforme al Artículo 99: hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocio anual mundial por las prácticas prohibidas (Artículo 5); hasta 15 millones o el 3 % por la mayoría de las demás obligaciones, incluidas las de alto riesgo; y hasta 7,5 millones o el 1 % por facilitar a las autoridades información incorrecta, incompleta o engañosa. Las pymes y las empresas emergentes se benefician de topes proporcionales conforme al Artículo 99(6).

¿Son jurídicamente vinculantes las directrices de la Comisión sobre la clasificación de IA de alto riesgo?

No. Las directrices preliminares publicadas el 19 de mayo de 2026 conforme al Artículo 6(5) aclaran la clasificación del Artículo 6(1)/Anexo I y del Artículo 6(2)/Anexo III con ejemplos prácticos de qué entra y qué no, pero no son jurídicamente vinculantes: la interpretación autorizada corresponde al Tribunal de Justicia de la UE. La consulta se prolonga hasta el 23 de junio de 2026, y la versión final se espera más adelante en 2026.

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