1 August 2024
PróximamenteEntrada en vigor
El Reglamento (UE) 2024/1689 entra en vigor: veinte días después de su publicación del 12 de julio de 2024 en el Diario Oficial. Todos los plazos posteriores se cuentan a partir de esta fecha.
El Reglamento (UE) 2024/1689 se aplica de forma escalonada desde el 1 de agosto de 2024 hasta finales de 2030. Aquí tienes cuándo entra en vigor cada obligación, a quién afecta y los artículos que la sustentan.
Implementación completa
Plenamente en vigor
Todas las obligaciones de la Ley de IA de la UE ya están en vigor.
1 August 2024
PróximamenteEl Reglamento (UE) 2024/1689 entra en vigor: veinte días después de su publicación del 12 de julio de 2024 en el Diario Oficial. Todos los plazos posteriores se cuentan a partir de esta fecha.
2 February 2025
PróximamenteEntran en vigor las prohibiciones del artículo 5: IA manipuladora o que explota vulnerabilidades, puntuación social, extracción no selectiva de imágenes faciales, reconocimiento de emociones en el trabajo y la educación, ciertas categorizaciones biométricas y —para las fuerzas del orden— la mayoría de la identificación biométrica remota en tiempo real en espacios públicos. En paralelo, el artículo 4 exige que cada organización garantice que su personal tenga alfabetización en IA.
2 May 2025
PróximamenteEl objetivo legal para el código de buenas prácticas de la IA de uso general según el artículo 56. El código definitivo se publicó el 10 de julio de 2025 y se respaldó antes de las obligaciones de agosto para la IA de uso general, abarcando la transparencia, las salvaguardas de derechos de autor y la evaluación de riesgos sistémicos.
2 August 2025
PróximamenteSe aplican las obligaciones para los modelos de IA de uso general (capítulo V), se ponen en marcha la Oficina de IA y las autoridades nacionales competentes (capítulos VII y III) y entra en vigor el régimen sancionador: hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocio mundial por infringir las prohibiciones del artículo 5. Las multas específicas para la IA de uso general (artículo 101) llegan el 2 de agosto de 2026.
2 February 2026
PróximamenteLa Comisión debe publicar directrices sobre la aplicación práctica del artículo 6 —con ejemplos prácticos de lo que es y no es de alto riesgo— junto con una plantilla para el plan de seguimiento posterior a la comercialización. Los puntos de referencia en los que los proveedores se apoyarán para defender sus decisiones de clasificación y seguimiento.
2 August 2026
PróximamenteSe aplica el núcleo de la Ley. Los sistemas de alto riesgo del anexo III deben cumplir el régimen completo: gestión de riesgos (art. 9), gobernanza de datos (art. 10), documentación técnica (art. 11 / anexo IV), registro de eventos (art. 12), transparencia (art. 13), supervisión humana (art. 14) y precisión y solidez (art. 15), además de los deberes del responsable del despliegue, la EIDF del artículo 27, el registro en la base de datos de la UE (art. 49), el seguimiento posterior a la comercialización (art. 72) y la notificación de incidentes graves (art. 73). Cada Estado miembro debe contar con un espacio controlado de pruebas de IA operativo.
2 August 2027
PróximamenteLas obligaciones de alto riesgo se extienden a la IA que sea un componente de seguridad de productos ya regulados por el anexo I: productos sanitarios, maquinaria, vehículos, ascensores, diagnóstico in vitro y más (artículo 6(1)). Los modelos de IA de uso general comercializados antes del 2 de agosto de 2025 deben alcanzar el pleno cumplimiento para esta fecha.
2 August 2030
PróximamenteLos sistemas de IA de alto riesgo ya en uso por las autoridades públicas antes del 2 de agosto de 2026 deben adecuarse al pleno cumplimiento. Los sistemas preexistentes de alto riesgo del sector privado solo quedan generalmente sujetos si sufren un cambio significativo en su diseño.
31 December 2030
PróximamenteEl plazo final. Los componentes de IA de los sistemas informáticos de gran magnitud de la UE enumerados en el anexo X —como SIS, VIS, Eurodac, EES, ETIAS y ECRIS-TCN— comercializados antes del 2 de agosto de 2027 deben adecuarse al cumplimiento. Después de esta fecha, no queda ninguna excepción para sistemas preexistentes.
Fuente: Reglamento (UE) 2024/1689 — artículos 111 y 113, con los artículos 5, 6, 56, 72, 99 y 101. Verificado con el texto consolidado del Diario Oficial de la UE.
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