Calendario del Reglamento de IA: todas las fechas de aplicación
Calendario del Reglamento de IA: prohibiciones (feb 2025), GPAI (ago 2025), transparencia (ago 2026), alto riesgo (dic 2027, adoptado). Fechas y matices.
El Reglamento de IA de la UE (Reglamento (UE) 2024/1689) no entra en vigor de golpe: se aplica por fases. Y no todo se ha retrasado. Esta página recoge todas las fechas, con el matiz que hay que escribir en cualquier contenido con fechas a junio de 2026.
Las fechas, en orden
- 1 de agosto de 2024 — entrada en vigor.
- 2 de febrero de 2025 — prohibiciones (artículo 5) y alfabetización en IA (artículo 4). Ya en vigor.
- 2 de agosto de 2025 — obligaciones de modelos de uso general (capítulo V), gobernanza y la Oficina de IA, y el régimen sancionador (artículo 99). Ya en vigor.
- 2 de agosto de 2026 — aplicación general, incluida la mayoría de los deberes de transparencia (artículo 50).
- 2 de diciembre de 2026 — nueva fecha: prohibición de material CSAM y "nudifiers", y obligaciones de marcado de contenido sintético.
- 2 de diciembre de 2027 — alto riesgo del anexo III (sistemas autónomos, artículo 6(2)) — fecha adoptada (Ómnibus Digital).
- 2 de agosto de 2028 — alto riesgo integrado en productos del anexo I (artículo 6(1)) — fecha adoptada (Ómnibus Digital).
El matiz obligatorio: el Ómnibus Digital ya está adoptado
El aplazamiento del alto riesgo ya es derecho adoptado, no solo un acuerdo político. El Parlamento Europeo lo votó en el pleno el 16 de junio de 2026 y el Consejo lo adoptó formalmente el 29 de junio de 2026. Entra en vigor con la publicación en el Diario Oficial, prevista antes del 2 de agosto de 2026, fecha a partir de la cual el alto riesgo del anexo III pasa a marcar legalmente el 2 de diciembre de 2027. Planifica sobre esa fecha.
Dos precisiones: (1) las nuevas fechas son fechas de calendario fijas, no la variante "parar el reloj" ligada a las normas armonizadas, que se propuso y se rechazó; (2) no todo se ha retrasado —las prohibiciones, la alfabetización, los modelos de uso general y la mayoría de la transparencia del artículo 50 no se movieron, y apareció una nueva fecha el 2 de diciembre de 2026.
Qué hacer con el margen
El plazo más largo para el alto riesgo es tiempo de trabajo, no una pausa. Las obligaciones ya vigentes (artículos 4 y 5, y la transparencia próxima) se aplican ahora, y un programa de alto riesgo realista dura meses. Empieza por lo que ya está en vigor y por las tareas lentas —la gobernanza de datos (artículo 10) y la documentación técnica (artículo 11, anexo IV)— mientras se asientan las normas.
Cómo ayuda Confir
Confir muestra, para cada sistema, qué obligaciones están vigentes hoy y cuáles dependen del calendario de alto riesgo, presentando la fecha de alto riesgo aplicable (2 de diciembre de 2027) junto a la fecha original del texto (2 de agosto de 2026) para que planifiques sobre la correcta. El motor es determinista y basado en reglas.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las fechas clave del Reglamento de IA?
Entrada en vigor el 1 de agosto de 2024; prohibiciones y alfabetización el 2 de febrero de 2025; modelos de uso general, gobernanza y sanciones el 2 de agosto de 2025; transparencia general el 2 de agosto de 2026; CSAM y marcado de contenido el 2 de diciembre de 2026; alto riesgo del anexo III el 2 de diciembre de 2027 (adoptado); productos del anexo I el 2 de agosto de 2028 (adoptado).
¿Está retrasado el alto riesgo?
Se ha aplazado del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027. El Ómnibus Digital que lo adopta fue votado por el Parlamento Europeo (16 de junio de 2026) y el Consejo (29 de junio de 2026), y entra en vigor con la publicación en el Diario Oficial, prevista antes del 2 de agosto de 2026.
¿Qué no se ha retrasado?
Las prohibiciones del artículo 5 (2 de febrero de 2025), la alfabetización del artículo 4 (2 de febrero de 2025), las obligaciones de modelos de uso general (2 de agosto de 2025) y la mayoría de la transparencia del artículo 50. Además, apareció una nueva fecha el 2 de diciembre de 2026.
¿Qué es la variante "parar el reloj"?
Una propuesta anterior que habría ligado el inicio del alto riesgo a la disponibilidad de las normas armonizadas, dejando la fecha abierta. Se rechazó. Las nuevas fechas son de calendario fijas, no condicionadas a las normas.
¿Sobre qué fecha debo planificar?
Sobre el 2 de diciembre de 2027 para el alto riesgo del anexo III, la fecha fijada por el Ómnibus Digital, adoptado en junio de 2026. Las obligaciones ya en vigor deben cumplirse ahora.
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